Arévalo Moscoso., María AlejandraGalíndez Pérez, Harold David2024-06-122024-06-122022https://vitela.javerianacali.edu.co/handle/11522/2370La historia de las civilizaciones humanas es en sí misma la historia de los conflictos. Estos últimos son inherentes a nuestra condición humana; sin embargo, el tratamiento civilizado o no que le otorguemos a estos es el producto de un acumulado histórico, político y social en pro o en contra de la preservación de la vida humana. Dicho de otro modo, la respuesta para la atención del conflicto que elaboremos como sociedad estará marcada por el sesgo político e ideológico que persiga cada sociedad. Desde muchos frentes se elaboraron diversas respuestas para abordar la gestión de los conflictos. Hoy es posible rastrear numerosas formulaciones que otorgan al concepto de la paz disimiles valores que muchas veces no se complementan. En el caso del Derecho Público y más específicamente en el Derecho Constitucional, las formulaciones varían dependiendo de cada modelo de Estado. El punto de encuentro de este variado abanico de acepciones sobre la paz, radica en la consolidación de una serie de instrumentos en el Derecho Internacional Público, que, al ser ratificados por los Estados, forman parte del denominado Bloque de Constitucionalidad en sus jurisdicciones (Arango, 2004, pág. 79), tomando forma de parámetros de control de las leyes, por cuanto han sido normativamente integrados a la Constitución, por diversas vías y por mandato de la propia Constitución (Corte Constitucional de Colombia, 1995).107 p.application/pdfspaLa paz como derecho humano y su posibilidad como derecho fundamentalhttp://purl.org/coar/resource_type/c_bdcchttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/http://purl.org/coar/access_right/c_abf2