Tello Sánchez, Juan ManuelRamírez Ascanio, Fabio AlejandroMafla García, Martín2024-11-012024-11-012021https://vitela.javerianacali.edu.co/handle/11522/4142Con ocasión a la pandemia causada por el virus COVID-19, el sistema de administración de justicia tuvo que acudir a herramientas tecnológicas como la videoconferencia para continuar garantizando la tutela jurisdiccional efectiva y salvaguardar la vida de los operadores judiciales. En el presente artículo se tiene como objetivo demostrar que la utilización de la videoconferencia en materia penal no transgrede el derecho fundamental al debido proceso en sus garantías del derecho de confrontación y del principio de inmediación, al momento de la práctica y valoración de la prueba testimonial, desde el paradigma racional de la prueba. El problema jurídico se abordó desde un análisis normativo, jurisprudencial y doctrinal, los cuales apoyan la conclusión y que sirven de fundamento para proponer la utilización prevalente de la videoconferencia en los casos de violencia de género en la post- pandemia.39 p.application/pdfspaVideoconferenciaDerecho de confrontaciónPrincipio de inmediaciónPrueba testimonialValoración racional de la pruebavideoconferenceRight of confrontationPrinciple of immediacyTestimonial evidenceRational assessment of evidenceDebido proceso y virtualidad: análisis sobre la presunta vulneración del principio de inmediación y del derecho de confrontación al momento de la práctica y valoración de la prueba testimonial en los juicios penales por videoconferenciahttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1fhttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/http://purl.org/coar/access_right/c_abf2