Tascón Varela, MauricioPava Aillon, Nicolás2024-12-042024-12-042024https://vitela.javerianacali.edu.co/handle/11522/4247Análisis Jurídico en relación los casos en que los jueces condenen a las aseguradoras llamadas en garantía a pagarle la indemnización directamente a las víctimas. Los llamamientos en garantía se tratan de “demandas independientes” y debe ser juzgada únicamente la relación llameante-llamado. Por ende, al resolverse el llamamiento en garantía, y sabiendo que se trata de la acción del asegurado, el juez sólo podría ordenar a la aseguradora a reembolsar a su asegurado lo que pague en virtud de una condena.24 p.application/pdfspallamamientos en garantíaRelación llamante-llamadoThird-party claimsCaller-called relationshipSobre la condena directa al llamado en garantía - Sistematización de experiencias de la practica estudiantilhttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1fhttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/http://purl.org/coar/access_right/c_14cb