Epistemología y teoría del derecho

No Thumbnail Available
Date
2018
Journal Title
Journal ISSN
Volume Title
Publisher
Pontificia Universidad Javeriana de Cali
Abstract
El libro “Epistemología y teoría del Derecho”, es producto de un proyecto de investigación financiado por la Pontificia Universidad Javeriana, en el que hemos contado con valiosa participación de docentes de varias universidades españolas. El proyecto planteó la necesidad de pensar algunos conceptos que hacen falta para la comprensión del Derecho, desde una visión epistemológica - hermenéutica, entendiendo éste binomio como la exposición de conceptos mediados por interpretación, comunicación y justificación lingüística. En primer lugar, el problema del conocimiento del Derecho se comprende desde una justificación racional y razonable sobre realidades lingüísticas, expresadas en conceptos que hablan a su vez, de múltiples conceptos. En segundo lugar, el problema epistémico –hermenéutico se centra en establecer cómo las razones se llenan de contenido y cómo se eligen de una variedad de realidades lingüísticas rivales. En tercer lugar, en cuanto el Derecho es lenguaje, al conocimiento del Derecho se accede a través de la elaboración de conceptos, que se construyen al realizar una búsqueda abstracta de sus elementos. De otro lado, el Proyecto de investigación buscó una correspondencia entre el concepto de historia efectual de Hans Georg-Gadamer y la construcción de una teoría epistémica para el Derecho, en una respuesta a la forma de interactuar con las múltiples teorías que se generan sobre el derecho, y que pueden ser disímiles. Esta respuesta estaría dada por la conciencia que debe tener el intérprete respecto al uso de la actualización histórica, al tiempo que se inserta una forma particular de investigar el Derecho a través de la perspectiva pasado-presente, inmersa en un proceso de interpretación y no únicamente de cognición. Se integran en esta obra algunos de los parámetros epistémicos arriba expuestos, en una articulación de preocupaciones sobre cómo afrontar de forma epistemológico- hermenéutica, temas como la interpretación jurídica, el concepto de moral y derecho, el normativismo, la teoría comunicacional del Derecho y el propio discurso moral. Se destaca que el uso del método es hermenéutico, cómo búsqueda de interpretación y significado de los textos. El libro se divide en siete capítulos. En el primer capítulo denominado “Análisis epistemológico y teoría comunicacional del derecho”, el profesor Gregorio Robles que ha dedicado su vida a la construcción de la teoría comunicacional del Derecho, de la que da cuenta una prolífica obra, afronta con profundidad un modelo propio de conocimiento de la Teoría comunicacional del Derecho y justifica, la conveniencia del modelo. Por ello, presenta dos elementos: el descriptivo y el reflexivo. Parte de la idea del concepto de la Teoría comunicacional del Derecho, como perspectiva cognoscitiva la comunicación. Su objeto es el Derecho y su perspectiva epistemológica es la comunicación. En el Capítulo segundo, denominado: “normativismo desde una perspectiva epistemológica”, el profesor Juan Pablo Domínguez, expone la forma cómo alcanzar la comprensión de la complejidad epistemológica del Derecho, centrado en el problema ser/ deber ser, y adopta una visión de diferente del enfoque epistémico de Kelsen y Kant. Indaga sobre aquello que hace falta en la epistemología del derecho y que puede trasladarse o intertraducirse de la epistemología general. En el tercer Capítulo denominado “cuestiones gnoseológicas sobre la delimitación del objeto del proceso penal”, el profesor Francisco López Ruiz, expone de forma crítica, la doctrina del “hecho procesal” como núcleo del “objeto del proceso” y al tiempo, desafía críticamente al reduccionismo formalista de la epistemología judicial analítica que se centra esencialmente en la prueba entendiéndola como “conjunto de enunciados sobre hechos”. En el Capítulo cuarto, “la eficacia social y la corrección moral en Robert Alexy como dualidad necesaria para una epistemología del derecho”, el profesor Néstor Raúl Arturo Dorado, aborda, la compleja pregunta sobre ¿qué es el derecho? necesaria para la autocomprensión del razonamiento jurídico, la investigación y práctica judicial y a su vez, elabora un reconocimiento a las dinámicas epistemológicas, que plantean nuevos retos a la iusfilosofía, desde lo social y moral. Para ello, recurre a la teoría de Robert Alexy con el fin de enfrentar el debate entre el derecho y la moral. El quinto Capítulo se trata de la propuesta denominada “pragmatismo y epistemología para la objetividad del discurso moral en la ciencia jurídica”, de mi autoría, pretende dar cuenta de la posibilidad de una discusión del discurso moral objetivo. Se ubica la discusión desde el pragmatismo de Hilary Putnam, Davidson y Robert Brandom, bajo el discurso sobre la objetividad, traducción y comprensión de Howard Sankey. El Capítulo sexto se denomina, “Posjusticia: más allá del realismo jurídico”, del profesor Aurelio de Prada García, quien defiende que el realismo jurídico norteamericano no siempre es útil en la decisión judicial. Ir más allá, implica acudir al concepto de “posjusticia”, ubicada al interior de la teoría de la posverdad y del derecho a los hechos. El autor analiza de forma concreta, un caso que empezó como una reformatio in peius y llegó hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos pasando por la Audiencia Nacional y el Tribunal constitucional español.del “hecho procesal” como núcleo del “objeto del proceso” y al tiempo, desafía críticamente al reduccionismo formalista de la epistemología judicial analítica que se centra esencialmente en la prueba entendiéndola como “conjunto de enunciados sobre hechos”. En el Capítulo cuarto, “la eficacia social y la corrección moral en Robert Alexy como dualidad necesaria para una epistemología del derecho”, el profesor Néstor Raúl Arturo Dorado, aborda, la compleja pregunta sobre ¿qué es el derecho? necesaria para la autocomprensión del razonamiento jurídico, la investigación y práctica judicial y a su vez, elabora un reconocimiento a las dinámicas epistemológicas, que plantean nuevos retos a la iusfilosofía, desde lo social y moral. Para ello, recurre a la teoría de Robert Alexy con el fin de enfrentar el debate entre el derecho y la moral. El quinto Capítulo se trata de la propuesta denominada “pragmatismo y epistemología para la objetividad del discurso moral en la ciencia jurídica”, de mi autoría, pretende dar cuenta de la posibilidad de una discusión del discurso moral objetivo. Se ubica la discusión desde el pragmatismo de Hilary Putnam, Davidson y Robert Brandom, bajo el discurso sobre la objetividad, traducción y comprensión de Howard Sankey. El Capítulo sexto se denomina, “Posjusticia: más allá del realismo jurídico”, del profesor Aurelio de Prada García, quien defiende que el realismo jurídico norteamericano no siempre es útil en la decisión judicial. Ir más allá, implica acudir al concepto de “posjusticia”, ubicada al interior de la teoría de la posverdad y del derecho a los hechos. El autor analiza de forma concreta, un caso que empezó como una reformatio in peius y llegó hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos pasando por la Audiencia Nacional y el Tribunal constitucional español. Por su parte, en el Capítulo séptimo, “el experiencialismo jurídico: ¿Modelo jurídico para las sociedades complejas y globalizadas de hoy? el profesor, Luis Freddyur Tovar recoge algunas reflexiones sobre la filosofía práctica, que dan fe de la evolución del fenómeno legal. El texto parte de una descripción histórica de las diferentes perspectivas reguladoras discutidas e implementadas en la modernidad occidental, para pasar a la reflexión jurídica como producto de la experiencia normativa decantada socialmente, cuyo núcleo es la vida como hecho y finalizar con un análisis del contenido basilar del Derecho: la justicia como una propuesta normativa para las sociedades complejas y globalizadas de hoy.
Description
Keywords
Citation