Consultas populares vs. extracciones mineras: elementos teórico-jurídicos

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Date
2019
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Pontificia Universidad Javeriana de Cali
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El día 28 de julio de 2013, se llevó a cabo en el Municipio de Piedras – Tolima la primera consulta popular relacionada con proyectos extractivos (Garcés & Rapalino, 2015, pág. 58). Así como la actividad minera ha aumentado significativamente, lo mismo ha ocurrido con los conflictos relacionados con esta, de cuyas estrategias ha ganado cada vez mayor importancia la consulta popular. Esta práctica no es exclusiva de Colombia, sino que tiene varios antecedentes en América Latina, como la de Tambogrande – Perú (2002), primera consulta popular en la región relacionada con minería, la de Esquel – Argentina (2003), y Sipakapa – Guatemala (2005), entre otras, experiencias de gran importancia y difusión tanto en sus países como en la región (Dietz, 2018, págs. 101-102). Luego de la consulta popular en Piedras – Tolima, se realizaron otras como la Tauramena (2013), Cabrea, Cajamarca, Pijao, Arbeláez y Jesús María (2017), consultas populares que en su mayoría alcanzaron una participación por encima del umbral (33 %) y tuvieron como resultado que más del 90% de los electores votaran en contra de un proyecto minero en específico en sus territorios. El Gobierno de Colombia en los últimos años, ha impulsado dentro de sus políticas la concesión de títulos mineros y el otorgamiento de los derechos de exploración y explotación minera y de hidrocarburos a empresas nacionales y multinacionales. La práctica, argumenta el gobierno, permite el desarrollo del país y el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del territorio. Sin embargo, la exploración y explotación de recursos del subsuelo ha encontrado gran oposición por parte de los habitantes de los lugares en donde se realizan dichos proyectos. Como herramienta para manifestar su oposición, los entes territoriales han impulsado las mencionadas consultas populares, como mecanismo de participación ciudadana; una constante victoria del no en las mismas, ha impedido la exploración y extracción de recursos minerales no renovables dentro de sus jurisdicciones. La gestión de la explotación de los recursos naturales del subsuelo no renovables, por parte del Estado, y la participación ciudadana en esta materia, abarca diferentes aproximaciones. En primer lugar, como una problemática de ejercicio de competencias entre el gobierno central y las entidades territoriales; aquí resaltan los principios de Estado unitario, autonomía territorial, descentralización y los criterios de concurrencia, coordinación y subsidiariedad en la distribución y ejecución de competencias.
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